
TRADUCCIÓN JURADA Y JURÍDICA
Una Traducción Jurada, también conocida como traducción oficial o certificada, es aquella que tiene validez oficial ante los organismos públicos y es la única que puede surtir efectos oficiales, ya que está debidamente firmada y sellada por un traductor jurado.
Los Traductores e Intérpretes Jurados están habilitados por el organismo competente (el Ministerio de Asuntos Exteriores para castellano y la Generalitat de Catalunya para catalán) para traducir de un idioma extranjero a uno de los idiomas oficiales del Estado y viceversa. Los documentos que generalmente tienen que entregarse junto a una traducción jurada de los mismos con el fin de ser homologados o reconocidos incluyen:
- Expedientes académicos y diplomas
- Certificados de penales
- Testamentos
- Escrituras notariales y poderes
- Certificados y sentencias de divorcio
- Patentes
- Expedientes de adopción
- Contratos privados
- Extractos de registros mercantiles y civiles
- Demandas y resoluciones judiciales
- Estatutos sociales
- Informes de auditoría
- Certificados de matrimonio, nacimiento, estado civil y defunción
- Cuentas anuales de empresa
Por su naturaleza, estos documentos deben ser tratados con la máxima confidencialidad. En Legatrad le garantizamos que ni los documentos ni los datos contenidos en los mismos serán divulgados en ningún momento.